sábado 04 julio, 2026

ATENCIÓN: Una vez diligenciado el reporte sobre posibles hechos de corrupción, este será objeto de revisión por parte de Empresas Públicas de Zipaquirá y dar el manejo correspondiente con el fin de validar la información y dar traslado a las autoridades competentes.
La información diligenciada en el formulario será analizada a la luz de los artículos de Falsas Imputaciones, de acuerdo con lo establecido en la Ley 599 de 2000 y el artículo 210 de la Ley 1952 de 2019. Lo anterior haciendo cumplimiento a normas que modifique, adicione o sustituya este asunto.

ATENCIÓN: Una vez diligenciado el reporte sobre posibles hechos de corrupción, este será objeto de revisión por parte de Empresas Públicas de Zipaquirá y dar el manejo correspondiente con el fin de validar la información y dar traslado a las autoridades competentes.
La información diligenciada en el formulario será analizada a la luz de los artículos de Falsas Imputaciones, de acuerdo con lo establecido en la Ley 599 de 2000 y el artículo 210 de la Ley 1952 de 2019. Lo anterior haciendo cumplimiento a normas que modifique, adicione o sustituya este asunto.

ATENCIÓN: Una vez diligenciado el reporte sobre posibles hechos de corrupción, este será objeto de revisión por parte de Empresas Públicas de Zipaquirá y dar el manejo correspondiente con el fin de validar la información y dar traslado a las autoridades competentes.
La información diligenciada en el formulario será analizada a la luz de los artículos de Falsas Imputaciones, de acuerdo con lo establecido en la Ley 599 de 2000 y el artículo 210 de la Ley 1952 de 2019. Lo anterior haciendo cumplimiento a normas que modifique, adicione o sustituya este asunto.